Días festivos en la hostelería: ¿cómo se pagan?

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Días festivos en la hostelería: ¿cómo se pagan?
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30/4/2024
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Abrir en un día festivo cuesta más.

Y no hablamos de que levantar la persiana suponga más esfuerzo… sino que literalmente puede costarte más dinero.

Porque los días festivos en la hostelería se pagan más caros.

¿Cuánto exactamente?

No hay una única respuesta a esta pregunta, sino que dependerá de diferentes factores. Factores que te vamos a explicar en este post.

Aquí te contamos:

  • Qué dice la normativa respecto a los días festivos en la hostelería.
  • Cómo se pagan.
  • Qué ocurre si un día festivo coincide con el descanso de un trabajador.
  • Si los domingos también se consideran festivos a la hora de abonarlos.

¿Listo?

Pues coge algo para apuntar, que arrancamos. ;)

✅ ¿Qué son los días festivos en la hostelería?

Los días festivos (también llamados “feriados”) son todos aquellos días de descanso en los que se conmemora alguna fecha importante para una región determinada.

En España tenemos un total de 14 días festivos, de los cuales 2 serán locales (es el ayuntamiento de cada localidad el que los establece).

En el calendario laboral que publica la Dirección General de Trabajo se establecen qué días de cada año serán festivos.

Aunque a primera vista podría parecer que un día festivo no se diferencia de un día de vacaciones o de descanso, la realidad es que existe una diferencia importante.

Y es que si un trabajador tiene que acudir a su puesto de trabajo en un día festivo, la empresa tiene dos opciones para compensárselo:

  • Mediante una compensación económica que viene determinada por ley.
  • O mediante un día de descanso extra.

Esto lo vamos a desarrollar ahora.

✅ ¿Qué ley regula los días festivos en la hostelería?

En España, la regulación de los festivos en la hostelería se reparte entre el Estatuto de los Trabajadores y los convenios colectivos regionales.

Así, en el Estatuto de los Trabajadores se establece que todas las personas trabajadoras en España tendrán derecho a un máximo de 14 días festivos anuales remunerados y no recuperables.

Pero no establece cuál será la remuneración económica por trabajar en un día festivo, ni cómo se compensarán a los empleados.

Esta información la encontraremos en los convenios colectivos correspondientes.

✅ ¿Cómo se pagan los días festivos en la hostelería?

Como te decíamos antes, no hay una respuesta única a esta pregunta, sino que dependerá de lo que venga establecido por convenio en cada región.

Veamos algunos ejemplos concretos:

  • Málaga: en este convenio se establece que, si el día festivo que se haya trabajado no se disfruta en otra fecha, este se le remunerará al trabajador con un incremento del 175 % sobre su salario base.
  • Cantabria: al igual que en el convenio de Málaga, el de Cantabria indica que los festivos no disfrutados se remunerarán con un incremento del 175 % sobre el salario base. De lo contrario, tendrá derecho a disfrutar de “un día de descanso por cada festivo trabajado, dentro de los 7 días inmediatamente anteriores o posteriores a la festividad de que se trate, y además a un incremento del 75 %”.
  • Alicante: en el convenio de Alicante no se especifica un incremento salarial porcentual, sino que se incluye una tabla salarial donde se especifica cuánto tendrás que pagar extra a un empleado por cada festivo trabajado y no compensado con días de descanso.
  • Sevilla: en Sevilla los días festivos trabajados se retribuirán con un 100 % de recargo.
  • Zaragoza: el convenio colectivo de Zaragoza contempla un plus específico de 25 € por cada festivo trabajado.
  • Tenerife: en el convenio de Tenerife se contempla que el trabajador pueda disfrutar de 30 días de vacaciones con una compensación económica de 1.361 €; de 39 días de vacaciones con una compensación de 680 €, o de 48 días de vacaciones con una compensación de 340 €. 

Por su parte, algunos convenios no especifican cuánto se debe pagar a un trabajador por un día festivo no disfrutado (como en el caso de Murcia).

En estos casos hay que remitirse al artículo 47 del Real Decreto 2001/1983, de 28 de julio, donde se establece que:

Cuando, excepcionalmente y por razones técnicas u organizativas, no se pudiera disfrutar el día de fiesta correspondiente o, en su caso, de descanso semanal, la Empresa vendrá obligada a abonar al trabajador, además de los salarios correspondientes a la semana, el importe de las horas trabajadas en el día festivo o en el período de descanso semanal, incrementadas en un 75 por 100, como mínimo, salvo descanso compensatorio”.

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✅ ¿Los domingos se consideran días festivos en la hostelería?

Dependerá de lo que diga tu convenio, pero en principio, no.

En el sector de la hostelería es habitual trabajar los fines de semana, por lo que tanto sábados como domingos se suelen considerar días laborables.

✅ ¿Con cuánto tiempo de antelación tiene que comunicar la empresa los días festivos?

Puedes avisar a tus trabajadores de que van a tener que trabajar un día festivo cuando les envíes el cuadrante de turnos de la semana.

Según establece el Estatuto de los Trabajadores, estos cuadrantes se deben enviar con una antelación mínima de 5 días.

✅ ¿Qué pasa si un día festivo coincide con el día libre del empleado?

Al trabajar con turnos rotativos, existe la posibilidad de que uno de los días libres de descanso semanal que le hayas asignado a un trabajador coincida con un día festivo.

En estos casos el Estatuto de los Trabajadores no se pronuncia respecto a si se le respeta o si se considera disfrutado, por lo que tenemos que acudir al convenio colectivo correspondiente.

Y en este sentido, lo que establece la mayoría de los convenios es que el trabajador no perderá el derecho a ese día festivo, sino que se le compensará en otra fecha o se le remunerará. 

Por ejemplo, el convenio de Granada establece que:

“En caso de que durante el disfrute de los descansos semanales, coincidiera con una fiesta abonable y no recuperable, la fiesta se computara como tal, no considerándose como festivo disfrutado y no descontándolo del total de los mismos”. 

✅ ¿Qué pasa si un empleado deja la empresa y se le deben festivos?

En el caso de que un trabajador cause baja y todavía tenga días festivos pendientes, se le retribuirán en el finiquito siguiendo las pautas que marque el convenio colectivo correspondiente.

Por ejemplo, en el convenio de Madrid se indica que: 

Los días festivos abonables, que tuviese pendientes de compensar, serán abonados con arreglo al siguiente cálculo:

VALOR FESTIVO = (SALARIO BASE x 1,75) / 30”. 

✅ Los días festivos no solo te cuestan dinero; también tiempo

Sí: tiempo.

Porque cuando abres en días festivos, tienes que controlar muy bien: 

  • Qué miembros de tu plantilla han trabajado en cada festivo. 
  • A cuáles de ellos tienes pendiente compensárselos (ya sea con días libres o en su nómina).

Y no solo eso.

Además tienes que tener en cuenta el resto de ausencias previstas (quién está de descanso semanal, de vacaciones, de baja…) para tener suficiente personal atendiendo a los clientes en ese día festivo (que además suelen ser días con más carga de trabajo).

¿Cómo controlas toda esta información?

Puedes hacerlo a mano (por ejemplo, apuntando en Excel los festivos que tienes pendientes de compensar y quiénes están ausentes)…

Pero este sistema es muy propenso a errores humanos, y además te roba bastante tiempo.

Lo ideal es que automatices en la medida de lo posible esta labor. Ahí es donde entran en juego los software de gestión de recursos humanos como Combo.

Con Combo:

  • Tienes toda la información de tu plantilla centralizada: quién va a estar ausente o de vacaciones, a quién tienes que compensarle horas extra… Así el riesgo de cometer errores se reduce al mínimo. 
  • Sabes de un vistazo cuántas horas ha trabajado cada empleado: en la herramienta de planificación de turnos puedes ver cuántas horas tiene asignada cada miembro de tu equipo esta semana, para que no tengas que sumarlas manualmente.
  • Cuentas con alertas automáticas: Combo te avisa si la planificación que has hecho no cumple con el convenio, si le has asignado turnos a una persona que está ausente…

¿Te imaginas la de tiempo que ahorrarías si utilizaras un software como este para gestionar tu restaurante?

Pues tranquilo porque no te hace falta imaginártelo. ;)

Puedes probarlo de forma totalmente gratuita entrando aquí.

Y es que Combo dispone de una prueba gratuita de 7 días (no tienes que introducir tu tarjeta ni tus datos bancarios).

¡Te vemos dentro!

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