Registro de viajeros en hoteles

¿Es obligatorio el registro de viajeros para hoteles? Todo lo que necesitas saber

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¿Es obligatorio el registro de viajeros para hoteles? Todo lo que necesitas saber
Victor Aldea
Victor Aldea
Publicado el
17/4/2024
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El registro de visitantes es un procedimiento que todos los establecimientos de hospedaje en España deben llevar a cabo cada vez que llega o se va un huésped de sus instalaciones.

Todos los propietarios de alojamientos turísticos en España tienen la obligación de efectuar el registro de viajeros ante la Policía Nacional u otro cuerpo de seguridad equivalente. Sin embargo, muchos dueños de alojamientos, hoteles y alojamientos no están al tanto de esta normativa y se ven sorprendidos cuando descubren que son responsables de este trámite.

Así que, hagamos un repaso de la normativa para no incurrir en infracciones y multas.

✅ ¿Qué es el Real Decreto 933/2021 y cuál es su obligatoriedad de registro de viajeros?

Antes, era la Orden INT/1922/2003 quien establecía a obligación del registro de turistas a la Policía Nacional, Guardia Civil, Ertztaintza o Mossos d'Esquadra.

Ahora, el Real Decreto 933/2021, publicado el 26 de octubre de 2021, estableció nuevas normas sobre el registro documental e información de personas físicas o jurídicas que operan en actividades de hospedaje y alquiler de vehículos a motor.

En este artículo hablaremos de cómo afecta esta normativa a los establecimientos de alojamiento, como hoteles, apartamentos turísticos, casas rurales, entre otros.

✅ ¿A quién va dirigida esta normativa?

Estas nuevas obligaciones afectan a todos los gestores y propietarios que ofrecen servicios de hospedaje (ya sea de manera profesional o no).

En este ámbito hablamos de hoteles y hostales de cualquier tipo, albergues, casas rurales, campings, bungalows, apartamentos turísticos y otros alojamientos vacacionales.

✅ ¿Cuándo entra en vigor esta nueva normativa?

Aunque inicialmente estaba programado que la normativa entrara en vigor el 2 de junio de 2023, no fue así. Las dificultades para poner en marcha la normativa ampliaron el plazo hasta el 31 de enero de 2024. Y en octubre de 2023 se volvió a ampliar hasta el 1 de octubre de 2024.

Hasta entonces no habrá sanciones para aquellos que se hayan estado preparando para el cambio de sistema sin aplicarlo.

En el caso de viviendas de uso turístico, villas, casas rurales y apartamentos turísticos, hay que tener en cuenta que la obligación de registrar a los viajeros está vigente desde antes de los cambios establecidos por el Decreto 933/2021.

✅ ¿Qué viajeros hay que registrar?

Ahora mismo, según la normativa, tenemos la obligación de registrar a todos los viajeros independientemente de su edad.

Así, adultos y menores de edad deben ser registrados. Eso sí, diferenciando qué datos deben aplicarse:

  • Los adultos deben completar todos los datos y su firma.
  • Las persons de 14 a 18 años deben incluir todos sus datos y, al ser menores, tienen que identificar su parentesco y los datos de la persona con la que mantienen ese parentesco.
  • Y, para menores de 14 años, no tienen obligación de introducir los datos referentes al DNI pero sí el parentesco y el resto de datos.

✅ ¿Qué datos hay que comunicar? 

Antes, la Orden INT/1922/2003 pedía los siguientes datos:

  • Nombre.
  • Primer y segundo apellido.
  • Tipo de documento.
  • Número de documento.
  • Fecha de expedición.
  • Fecha de nacimiento.

La nueva normativa, vigente desde 2024, añade nuevos datos a la lista, haciendo hincapié a la reserva, además de a los datos del viajero. La lista oficial que hay que cumplimentar queda de la siguiente manera:

  • Identificador de la reserva.
  • Fecha de contrato.
  • Fecha de entrada.
  • Fecha de salida.
  • Tipo de pago.
  • Nombre del viajero.
  • Apellido del viajero.
  • Teléfono o email del viajero.
  • Tipo de documento.
  • Número de documento.
  • Número de soporte del documento.
  • Fecha de nacimiento.
  • Dirección.
  • Código del municipio.
  • Municipio.
  • Código postal.
  • País.
  • Parentesco (solo para los viajeros menores de edad).

✅ ¿Qué pasa si no registras a tus huéspedes?

Si no envías el registro de viajeros a la Policía o lo haces de forma incompleta, te expones a multas que van desde 100 € hasta 30.000 €, dependiendo de la gravedad de la infracción.

Además de las multas, es posible que la Agencia Tributaria inicie acciones legales contra ti por no cumplir con esta obligación, ya que no proporcionar la información de los huéspedes es característico de los alojamientos turísticos ilegales.

✅ ¿Cómo es el procedimiento de registro?

Para poder comunicar a los turistas que se están alojando en tu hospedaje a la Policía, según dicta el reglamento, hay que hacerlo a través de la plataforma ses.hospedajes a la que puedes acceder aquí.

La plataforma ses.hospedajes del Ministerio del Interior es una herramienta diseñada para facilitar la transmisión y recopilación de los datos para el registro de viajeros. De esta forma, se aseguran que los datos sean registrados correctamente y estén accesibles para las autoridades cuando lo necesiten.

Ojo. Si estás en Cataluña o el País Vasco, NO se hará a través de esta plataforma, sino mediante las páginas web de los Mossos d’Esquadra y la Ertzaintza, respectivamente, como hasta ahora.

👉 Cómo registrar a los viajeros en ses.hospedajes 

  1. Accede a la plataforma ses.hospedajes a través del sitio web oficial del Ministerio del Interior.
  2. Si es la primera vez que utilizas el sistema, selecciona la opción de registro para crear una nueva cuenta.
  3. Registra tu establecimiento proporcionando la información requerida, como el nombre del negocio, dirección y datos de contacto.
  4. Crea una cuenta de usuario para gestionar los registros de tus huéspedes.
  5. Ingresa los datos personales e identificativos de cada viajero hospedado en tu establecimiento, asegurándote de introducir correctamente todos los datos para evitar posibles sanciones.

✅Consejos para hacer el registro de viajeros de forma fácil y rápida.

Puedes usar un software que te permita gestionar tus documentos de forma digital y centralizada.

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